Se establecen diferentes bonificaciones para las contrataciones realizadas con determinados colectivos.
- – Se bonifica la contratación indefinida de jóvenes de 16 a 30 años con especiales problemas de empleabilidad, y la de mayores de 45 años desempleados durante al menos 12 meses. ( Si se trata de mujeres las bonificaciones son superiores)
- – Se bonifican las conversiones de contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación en indefinidos. ( Si se trata de mujeres las bonificaciones son mayores)
- – Se bonifican los contratos para la formación celebrados o prorrogados a partir del 18/06/2010 hasta el 31/12/2011.
- – Se mantienen las bonificaciones dirigidas a personas con discapacidad, constitución inicial de trabajadores autónomos, empresas de inserción, víctimas de violencia de género y las que tienen como finalidad mantener la situación de actividad de los trabajadores mayores de 59 años.
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