Cada vez es más frecuente que las entidades financieras exijan mayores garantías a la hora de conceder un préstamo hipotecario a una persona. Uno de las exigencias que utilizan con más frecuencia es que se produzca un aval por parte de un tercero, normalmente un familiar de los solicitantes del préstamo.
No vamos a entrar en analizar las exigencias de las entidades financieras a la hora de concesión de préstamos porque podríamos acabar con agujetas en los dedos.
Quisiera señalar que cuando se deba formalizar un aval por parte de un familiar debería hacerse constar en el mismo documento en que se formaliza la constitución del préstamo hipotecario. El no realizarlo en ese momento puede dar la lugar a que se considere la constitución del aval un acto diferente de la formalizacion del préstamo y que nos encontremos con exigencias por parte de las Haciendas Autonómicas ya que se devengaría el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Si os encontrais en estas circunstancias exigir que la formalización del aval y del préstamo se realicen en el mismo documento notarial.
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