Entre otras novedades, las medidas tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor han sido las siguientes:
- Las sociedades que se constituyan a partir del 1 de enero de 2013 y cumplan ciertos requisitos, en el primer ejercicio en el que su base imponible sea positiva y el siguiente, tributarán en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo reducido del 15% por los primeros 300.000 euros de base imponible y del 20% por el resto.
- Las personas que inicien una actividad en estimación directa a partir del 1 de enero de 2013, en el primer ejercicio en el que los rendimientos netos de su actividad sean positivos y en el siguiente, tendrán derecho a aplicar en su IRPF una reducción del 20% sobre dichos rendimientos.
- A partir de ahora, las prestaciones por desempleo que se perciban en pago único estarán exentas en el IRPF por su totalidad, sin que sea de aplicación el límite de los 15.500 euros.
No creemos sinceramente que estas medidas sean muy decisivas a la hora de determinar el inicio de una actividad profesional o empresarial, pero menos es nada. 🙁