10 Recomendaciones antes de hacer la declaracion de IRPF 2012

Otro año más hemos de preparar la declaración del Impuesto sobre la Renta. Para que no se nos queden cosas atrás cuando estemos preparando la declaración en el programa. Por ello efectuamos una serie de recomendaciones para que podamos hacer la declaración en una «sentada», y ya se que algunas son de perogrullo pero es como aquella instrucción que tienen los aparatos electrónicos. «Si el aparato no enciende compruebe que esté conectado a la corriente electrica».

  1. Antes de hacer la declaración debemos recopilar todos los documentos que necesitaremos y, en especial, obtener los datos fiscales que nos proporciona la AEAT.
  2.  Si podemos utilizar el borrador para declarar, constituye una herramienta muy útil, pero puede que le falte información. Por ello tenemos que revisar el borador con atención y, en su caso, modificarlo antes de su confirmación.
  3. Si somos empresarios o profesionales, habrá que cuadrar los ingresos y gastos de la actividad económica con otros modelos presentados tales como los de IVA, retenciones, declaración de operaciones con terceros, etc. Además, es momento de valorar si le conviene actualizar balances.
  4. Si hemos regularizado a través de la declaración tributaria especial, modelo 750, aflorando bienes o derechos adquiridos con rentas no declaradas, en este IRPF no se nos puede olvidar incluir los rendimientos que hayan producido en 2012 o la imputación de rentas que corresponda, así como tenerlos en cuenta a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio.
  5. Es muy importante declarar, a través del modelo 720, los bienes y derechos situados en el extranjero, las consecuencias del incumplimiento de esta obligación son graves por las sanciones correspondientes a la infracción formal, pero más todavía por su incidencia en el IRPF y la consiguiente sanción si se llegaran a descubrir esos elementos.
  6. Tenemos que chequear si hemos realizado operaciones vinculadas en el ejercicio, lo que puede suceder si somos socios o administradores de sociedades o si somos cónyuges o parientes de socios o administradores. Tenemos que tener buen cuidado de valorar las operaciones realizadas con las sociedades a las que estemos vinculadas a valor de mercado.
  7. Si tenemos un inmueble arrendado y el inquilino se ha retrasado en el pago, habiendo transcurrido más de 6 meses desde la última gestión de cobro hasta 31-12-12, no nos debemos olvidar de considerar el ingreso no percibido y deducirnos lo no cobrado como saldo de dudoso cobro. Si arrendamos vivienda a un joven que cumpla los requisitos para que no tributemos por el rendimiento neto de ese inmueble, es importante que nos entregue la preceptiva comunicación.
  8. Si hemos transmitido la vivienda habitual obteniendo una plusvalía que pensamos exonerar de tributación por reinversión, no debemos olvidar declarar la transmisión y marcar la casilla de la exención.
  9. Si estuviéramos obligados a declarar el Impuesto sobre el Patrimonio, debemos prever que dicha declaración solo podrá presentarse por Internet y, en ese caso, también el IRPF solo puede presentarse por vía telemática. Para ello debemos disponer de un certificado electrónico admitido por la AEAT, acudir a un colaborador social para que la presente o apoderar a otra persona con certificado.
  10. Si tuviéramos cantidades depositadas en una cuenta vivienda por las que hayamos deducido en ejercicios anteriores, y no pensamos destinarlas a adquirir una vivienda en el plazo establecido, en esta declaración de 2012 tenemos la opción de incrementar la cuota de renta en los importes deducidos pero sin pagar intereses de demora.

 

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