Finalizamos hoy los post sobre los incentivos fiscales de las empresas de reducida dimensión
Tipo de gravamen reducido
Las empresas de reducida dimensión tributarán
- por la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros al tipo del 25%
- por la parte restante al 30%
Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo
El tipo reducido tendrá vigencia en los ejercicios 2009, 2010, 2011 y 2012.
Los requisitos son:
- Que la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros
- Que la plantilla media del ejercicio sea inferior a 25 empleados
- Que la plantilla media no sea inferior a la unidad y que no sea inferior a la plantilla media del ejercicio 2008
El gravamen que se aplicará será
- por la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros al tipo del 20%
- por la parte restante al 25%
Deducción para evitar la tributación por doble imposición por dividendos recibidos
Debido a los dos tipos tributarios que se le aplican a la empresa de reducida dimensión se plantea un problema a la hora de aplicar la deducción por doble imposición de dividendos.
La deducción se aplica de la siguiente manera:
Primero hemos de calcular el tipo tributario efectivo de la sociedad mediante la fórmula siguiente:
Cuota Integra / Base imponible
Evidentemente si la base es inferior a 300.000 euros no se plantea problema alguno ya que será el 25%
La deducción se aplicará de la siguiente manera
Deducción = Dividendo x Tipo tributario efectivo x Porcentaje de deducción
El porcentaje de la deducción será el 50% o el 100% según sea la participación de la entidad.