La elevada cifra de desempleo, cercana a los 5 millones según la EPA, han llevado al Gobierno a reformar dos tipos de contratos para incentivar la contratación por parte de las empresas: el contrato para la formación y los contratos temporales.
El contrato para la formación y el aprendizaje podrá realizarse con personas mayores de 16 años y menores de 25, tendrá una duración máxima de 2 años y tendrá una reducción de las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% para las menores de 250 trabajadores. Además se establecen una reducción de la cuota de SS en el caso de transformación en indefinido.
Se reforma asismismo el Fondo de capitalización, y diversos aspectos de la conversión de contratos temporales en fomento de la contratación indefinida.
Se prorroga el programa de recualificación profesional para desempleados que agotan el derecho a la prestación
Se suspende la limitación, durante dos años, a la prórroga de los contratos temporales.