La utilización del borrador:
En 2012 podrán utilizar el borrador para declarar, además de los perceptores de rentas del trabajo, del capital mobiliario sujetos a retención, de Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención e imputación de rentas inmobiliarias con un máximo de dos inmuebles, como en 2011, también los contribuyentes que obtengan las siguientes rentas:
- La renta básica de emancipación.
- Subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
- Otras subvenciones, excepto las que constituyan rendimientos de actividades económicas.
- Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso a título oneroso de acciones o participaciones de IIC.
- La imputación de rentas inmobiliarias con un máximo de 8 inmuebles (antes 2).
- Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas cuando hayan sido atribuidos a los contribuyentes.
Novedades en la gestión:
- La confirmación o suscripción del borrador por vía telemática puede hacerse desde el 2 de abril hasta el 1 de julio.
- Si el resultado es a ingresar podrá domiciliarse el primer plazo o toda la cuota solo hasta el 26 de junio.
- Las declaraciones del IRPF pueden presentarse del 24 de abril al 1 de julio si se hace por vía telemática, y desde el 6 de mayo al 1 de julio si se presenta de otra forma.
- Las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio, que obligatoriamente se presentan por vía telemática, tienen un plazo de presentación desde el 24 de abril hasta el 1 de julio.
- Si se domicilia el pago del Impuesto sobre el Patrimonio y si se domicilia la totalidad o el primer plazo del IRPF, el plazo de presentación termina el 26 de junio.