Intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude

Proyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude

A la espera de la entrada en vigor, que se espera inmediata antes de fin de ejercicio,  ya que ha terminado los trámites en el Senado y a la espera de su próxima publicación en el BOE, os comentamos los puntos clave  que persigue esta nueva Ley. Entre ellos la posibilidad de adopción de medidas cautelares vinculadas a supuestos de presuntos delitos contra la Hacienda Pública, así como la investigación patrimonial a las mismas asociada, la limitación de pagos en efectivo o el establecimiento de nuevas obligaciones de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Algo que nos parece de especial interés de esta Ley y que por tanto queremos remarcar es la limitación en la utilización de medios de pagos en efectivo, considerados por esta ley como una operación económica que facilita los comportamientos fraudulentos.

Con respecto a esto se establece una limitación, de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros. Se excluye de la limitación cuando ninguno de los intervinientes en la operación actúe en calidad de empresario o profesional, así como a los pagos o ingresos realizados en entidades de crédito. Asimismo, se contempla expresamente una regla contra el fraccionamiento de operaciones a efectos del cálculo del límite legalmente establecido.

Tanto el pagador como el receptor responderán de forma solidaria de la infracción que se cometa y de la sanción que se imponga que tendrá la consideración de grave.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 2.500 euros o 15.000 euros (en el caso de no residentes), o su contravalor en moneda extranjera y consistirá en una multa pecuniaria proporcional al 25% de la base de dicha sanción.

Esta limitación tendrá aplicación a todos los pagos realizados desde la fecha de entrada en vigor de esta Ley  aunque se refieran a operaciones concertadas con anterioridad a dicha fecha.

Podéis consultar el texto completo tras la tramitación en el Senado en el siguiente enlace:

http://goo.gl/udsmT

 

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