Cada vez son más el número personas que han perdido su trabajo y agotado su prestación por desempleo. La tarjeta sanitaria ordinaria asegura únicamente su cobertura sanitaria gratuita hasta 90 días después de la última cotización.
Para seguir accediendo a la cobertura gratuita de salud, deberán dependiendo de las circunstancias particulares, optar por alguna de estas alternativas:
Ponerse como beneficiarias (hasta que la persona vuelva a trabajar) de la cobertura sanitaria de su cónyuge, pareja o familiar que conviva en el mismo domicilio por lo menos durante 1 año. Para ello deberán acreditar en el INSS
- DNI
- Certificado de empadronamiento conjunto
- DNI y tarjeta sanitaria de la persona que lo va a acoger en su cobertura.
Establecerse en el régimen 29,cuando hayan estado trabajando por lo menos 1 día en el año inmediatamente anterior desde la fecha de solicitud. Deberá acreditar en el centro de salud que corresponda
- DNI
- Certificado da empresa y tarjeta sanitaria.
- A cobertura será solamente a nivel de Galicia y el período de cobertura será de 2 años.
Solicitar la tarjeta sanitaria de Población sin recursos, cando no se cumplan los requisitos para tramitar las soluciones anteriores. Para ello deberá acreditaren el centro de salud que corresponda
- Certificado de empadronamiento conjunto
- DNI
- Declaración de la renta del año anterior o certificación negativa de ésta.
En el caso de personas extranjeras deberán acreditar un mínimo de 183 días de convivencia en el país. La cobertura será hasta que la persona vuelva a trabajar o supere un nivel de ingresos superiores a 8.980 €/año.