Los instrumentos financieros se clasifican conforme a la naturaleza del acuerdo contractual que lo sustenta
Como término general:
La diferencia básica entre un pasivo financiero y un instrumento de patrimonio propio es la existencia de una obligación contractual, directa o indirecta de entregar efectivo u entregar / intercambiar otro activo financiero con terceros en condiciones potencialmente desfavorables para el emisor.
Si un instrumento financiero no da lugar a esta obligación contractual se trata de un instrumento de patrimonio.
a) Pasivos financieros:
Débitos por operaciones comerciales: proveedores y acreedores varios
Deudas con entidades de crédito
Obligaciones y otros valores negociables emitidos: tales como bonos y pagarés
Derivados con valoración desfavorable para la empresa: entre ellos, futuros, opciones, permutas financieras y compraventa de moneda extranjera a plazo
Deudas con características especiales, y
Otros pasivos financieros: deudas con terceros, tales como los préstamos y créditos financieros recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la compra de activos no corrientes, fianzas y depósitos recibidos y desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones.
b) Instrumentos de patrimonio propio:
Todos los instrumentos financieros que se incluyen dentro de los fondos propios, tal como las acciones ordinarias emitidas.