Cuando la empresa reciba un préstamo a tipo de interés cero o a tipo de interés inferior al de mercado, en virtud de una ayuda o subvención otorgada por una entidad pública, registrará la financiación recibida como un pasivo financiero.
Este pasivo financiero se valorará inicialmente por su valor razonable ajustado por los costes de transacción, (en caso de que la empresa aplique el PGC de PYMES estos costes podrán se registrados directamente en la cuenta de PyG).
Para calcular el valor razonable se deben de actualizar todos los flujos de efectivo futuros descontados, utilizando el tipo de interés de mercado.
Posteriormente se registrará el pasivo a coste amortizado aplicando el método del TIE (tipo de interés efectivo)
Adicionalmente se pondrá de manifiesto la subvención por la diferencia entre el importe recibido y la deuda (a valor razonable), esta subvención se reconocerá inicialmente como un ingreso de patrimonio que, en principio se imputará a resultados según lo dispuesto en el apartado 1.3 de NRV 18ª, el criterio de transferencia se vinculará con la finalidad otorgada.